Dice el Código Laboral en sus artículos 164 y 165:
"Si el trabajador presta servicio en el período de su descanso semanal, puede optar entre recibir su salario ordinario aumentado en un ciento por ciento o disfrutar en la semana siguiente de un descanso compensatorio igual al tiempo de su descanso semanal.
Art. 165.- Los días declarados no laborables por la Constitución o las leyes, son de descanso remunerado para el trabajador, salvo que coincidan con el día de descanso semanal."
El código laboral establece que el pago de los días feriados y los días de descanso del empleado debe ser del 100% sobre la base del salario diario promedio. Si por ejemplo su salario diario promedio es de $500, y usted labora un día feriado o un día de descanso, entonces se le debe pagar ese día el salario promedio aumentado el 100% o lo que es lo mismo, al doble, que sería en el caso del ejemplo $1000.
La regla no aplica cuando el día feriado coincide con un día de descanso del empleado. Si el empleado no trabaja un día feriado en que está supuesto a trabajar, se le debe remunerar como un día normal. Si no le corresponde laborar ese día feriado, entonces nada se le debe.
La regla no aplica cuando el día feriado coincide con un día de descanso del empleado. Si el empleado no trabaja un día feriado en que está supuesto a trabajar, se le debe remunerar como un día normal. Si no le corresponde laborar ese día feriado, entonces nada se le debe.