sábado, 27 de junio de 2009

RECTIFICACIÓN DE ACTAS DEL ESTADO CIVIL

La rectificación de actos del estado civil consiste en el procedimiento que busca corregir errores que contienen dichos actos. Entiéndase como tales las actas de nacimiento, matrimonio, divorcio y defunción. La mayoría de las rectificaciones, sin embargo, son de actas de nacimiento. Estas rectificaciones se realizan en razón de que, una vez asentado un dato en el libro de actas, si el empleado o funcionario encargado de llenar tal libro comete un error, este no se puede remediar alterando el acta en cuestión, es decir, "pasando liquid" sobre el dato erróneo y escribiendo sobre él. La solemnidad de los actos del estado civil requiere un procedimiento de rectificación mediante el cual un juez autoriza el arreglo del acta. El juez al que se debe someter el procedimiento de rectificación lo es el del Tribunal de Primera Instancia de la jurisdicción a la que pertenece la Oficialía Civil en la que está asentada el acta. En sentido general, diríamos que lo fundamental para solicitar la rectificación de un acta del estado civil es la solicitud de la rectificación acompañada de un original del acta a rectificar, y copia de cédula del titular del acta. Si el solicitante no es el mismo titular del acta, entonces también debe haber copia de cédula del solicitante, así como cualquiera otro documento que pruebe su calidad para solicitar a nombre del titular. En ocasiones hace falta un acta de notoriedad firmada por notario público. Para la rectificación de actas de nacimiento a menudo hacen falta copia de cédulas y actas de nacimiento de los padres, cuando el error se origina en las actas de nacimiento de los progenitores. Por ejemplo, si hay que arreglar el apellido del padre o de la madre para también arreglar el apellido de los hijos. Las actas a rectificar deben depositarse en original, in-extensas y debidamente legalizadas. El procedimiento es administrativo y debe durar un par de meses. Una vez obtenida la sentencia que autoriza a rectificar el acta, se procede a llevar la misma ante la Junta Central Electoral vía su departamento de Actos del Estado Civil para que emita su opinión sobre si está de acuerdo o no con la sentencia de rectificación. En caso de no estar de acuerdo, la Junta Central Electoral puede apelar la sentencia. Si la opinión es favorable, entonces ordena al Oficial Civil, mediante resolución, el asentamiento de la sentencia. El asentamiento se realiza en el mismo libro, folio y acta, pero con una nota al margen, y a partir de ese momento se expide el acta con los datos rectificados.

martes, 23 de junio de 2009

Nueva Ley 174-09,que Modifica la Ley de Tránsito

Pues volvemos a las publicaciones blogueras con un buen aporte en lo que a la ley 174-09 se refiere, del 03 de Junio del corriente año. Esta nos trae modificaciones a: 1) La ley 241 sobre tránsito de Vehículos de Motor; 2) La ley 202-04 sobre Areas Protegidas. En primer lugar, o sea, en lo concerniente a la ley de tránsito, establece, en su artículo 1 letra b:"Siempre que la calzada de una vía pública estuviere dividida en dos o más carriles para el tránsito en direcciones opuestas mediante el establecimiento de un espacio intermedio o de una isleta, todo vehículo debe ser conducido solamente por los carriles a la derecha de dicho espacio o isleta, el carril izquierdo será destinado exclusivamente al rebase de vehículos de motor, excepto cuando de otra forma se autorizare mediante señalamiento al efecto; ningún vehículo debe ser conducido por o sobre dicho espacio intermedio o isleta o cruzando los mismos, excepto en aquellos sitios en que hubieren brechas en el espacio intermedio o isleta o en el cruce de una intersección." Además, se prohibe "la construcción de cruces, puentes, brechas o intersecciones en los espacios intermedios o isletas que dividen las autopistas y carreteras de dos o más carriles en direcciones opuestas". En cuanto a la ley sobre Areas Protegidas, establece la figura de los Paisajes Ecológicos. Es decir, que las diversidades ecológicas que se ven a lo largo del trayecto de las principales autopistas del país, como lo son la Autopista Duarte, la 6 de Noviembre y la Autopista Juan Bosch, son denominadas Paisajes Ecológicos, establece sus límites y las reglas fundamentales para su protección. La ley es corta pero buena. Y lo bueno, si breve, dos veces bueno. Aquí está la ley: http://www.ziddu.com/download/5313851/LeyNo174-09.pdf.html