PAGARÉ A LA ORDEN: Es un pagaré sencillo, un documento bajo firma privada, cuya finalidad es servir de prueba de un compromiso monetario asumido por el deudor, en favor de su acreedor. También se le suele llamar Debo y Pagaré, por el encabezado de dicho documento. Para su validez es necesario que el deudor ponga con su puño y letra, en el lugar reservado para ello, un bueno y válido por la suma de RD$...(tanto). Para el cobro de la deuda, en caso de incumplimiento del deudor, se hace necesario la intimación de pago, seguida de la demanda en cobro de pesos. Esta demanda se lleva en el juzgado de paz del domicilio del deudor, si la deuda es menor de RD$20,000.00; o en el tribunal de primera instancia del domicilio del deudor, si la deuda es mayor de RD$20,000.00; se ejecuta la sentencia una vez vencido el plazo de la apelación, o en su defecto cuando la sentencia ha agotado las vías de los recursos y se vuelve irrevocable y definitiva.
PAGARÉ NOTARIAL: Es un pagaré que contiene características de lo que los abogados llamamos un "acto auténtico". Tiene la fuerza legal que a tales actos otorga el artículo 545 del Código de Procedimiento Civil. Por ende, cumple con ciertos requisitos de forma y fondo, como el hecho de que es redactado por un Oficial Público, que generalmente lo es el Notario Público. Deben figurar en él a lo menos dos testigos, y debe ser redactado con las formalidades de acto auténtico, no debiendo dejarse en él ningún espacio entre líneas, ni contener tachaduras o borraduras. El acto firmado por las partes y testigos es registrado en el registro civil del ayuntamiento y dejado en el protocolo del notario, y este funcionario a su vez debe expedir una compulsa notarial certificando que en los archivos puestos a su cargo existe tal pagaré. En caso de incumplimiento de la obligación de parte del deudor, procede el mandamiento de pago con la compulsa en cabeza del acto. Una vez vencido el plazo de la puesta en mora, se puede solicitar la fuerza pública en la fiscalía correspondiente vía su departamento de ejecuciones, para la ejecución forzosa de la obligación; como puede también ejecutarse sobre cuentas bancarias o dineros debido por terceros al deudor. Para la ejecución de un pagaré notarial no hace falta sentencia, por su carácter de acto auténtico.
Algunas características comunes en ambos pagarés: Deben tener la fecha en la cual se contrajo la obligación, y además fecha cierta. Quiero decir con esto que son oponibles a terceros no a partir de la fecha en la que se firman, sino desde la fecha en que son registrados en el registro civil del ayuntamiento. Deben expresar en letras y números la cantidad por la que el deudor se obliga. El deudor debe tener capacidad legal para contratar. También es indispensable la fecha de término, o sea, la fecha del pago.
PAGARÉ NOTARIAL: Es un pagaré que contiene características de lo que los abogados llamamos un "acto auténtico". Tiene la fuerza legal que a tales actos otorga el artículo 545 del Código de Procedimiento Civil. Por ende, cumple con ciertos requisitos de forma y fondo, como el hecho de que es redactado por un Oficial Público, que generalmente lo es el Notario Público. Deben figurar en él a lo menos dos testigos, y debe ser redactado con las formalidades de acto auténtico, no debiendo dejarse en él ningún espacio entre líneas, ni contener tachaduras o borraduras. El acto firmado por las partes y testigos es registrado en el registro civil del ayuntamiento y dejado en el protocolo del notario, y este funcionario a su vez debe expedir una compulsa notarial certificando que en los archivos puestos a su cargo existe tal pagaré. En caso de incumplimiento de la obligación de parte del deudor, procede el mandamiento de pago con la compulsa en cabeza del acto. Una vez vencido el plazo de la puesta en mora, se puede solicitar la fuerza pública en la fiscalía correspondiente vía su departamento de ejecuciones, para la ejecución forzosa de la obligación; como puede también ejecutarse sobre cuentas bancarias o dineros debido por terceros al deudor. Para la ejecución de un pagaré notarial no hace falta sentencia, por su carácter de acto auténtico.
Algunas características comunes en ambos pagarés: Deben tener la fecha en la cual se contrajo la obligación, y además fecha cierta. Quiero decir con esto que son oponibles a terceros no a partir de la fecha en la que se firman, sino desde la fecha en que son registrados en el registro civil del ayuntamiento. Deben expresar en letras y números la cantidad por la que el deudor se obliga. El deudor debe tener capacidad legal para contratar. También es indispensable la fecha de término, o sea, la fecha del pago.




por favor me puede decir; si yo tengo varios pagareses legalizado por mi notario y yo decido entregárselo a otro abogado este abogado lo puede ejecutar sin problemas ?
ResponderEliminarDe hecho, no debe ejecutarlos el mismo notario que puso el sello en dichos documentos. Tenga en cuenta que los pagarés suscritos en su favor son de su propiedad y por lo tanto, usted dispone de ellos como mejor le parezca dentro del marco de la ley. También debe saber que debe devolverlos a los deudores en la medida en que salden sus deudas con usted.
ResponderEliminarEn el caso que el deudor no pueda honrar la obligacion de pago establecida en un pagare notarial, que consecuencias le puede presentar y si dicho pagare notarial se mantiene vigente luego de esto
ResponderEliminarUn pagaré notarial es lo que se conoce como un título ejecutorio, lo cual significa que en caso de no cumplirse el compromiso y luego de puesto en mora el deudor, puede ejecutarse sobre los bienes del mismo, sean estos muebles o inmuebles, (eso incluye cuentas bancarias). Claro está, a esos fines el pagaré debe cumplir una serie de requerimientos y solemnidades que detallaremos en otra ocasión.
ResponderEliminarsi he perdido mi pagare que esta notariado y es mas 20,000.00 pesos como puedo hacer para recuparar una copia del pagare, tengo que ir con el notario que puso su cello y firma?
ResponderEliminarDiferenciemos el pagaré notarial de un pagaré sencillo que pudiera estar notarizado. Si es un pagaré notarial, entonces su notario debe entregarle una compulsa en la cual hace constar que en su protocolo de notario existe ese pagaré. De hecho, esa compulsa es lo que se presenta en los embargos. Si el notario no lo encuentra por alguna razón y usted pagó el impuesto de lugar puede procurar una copia en el Registro Civil del Ayuntamiento donde lo registró. Si es un pagaré sencillo notarizado, es decir, un pagaré a la orden, debe encontrarlo si desea ejecutarlo.
ResponderEliminarQué tiempo tienen de vigencia ambos pagares para ser reclamados?
ResponderEliminarCuales son esos requerimientos y solemnidades que debe de cumplir el pagare notarial?
ResponderEliminarSi los bienes incautables y cuentas de banco no son suficiente para cubrir el monto adeudado establecido en el pagare notarial, que consecuencias le trae al deudor?
RODNEY PUDIERA USTED PROVEERME DE UN FORMATO DE AMBOS PAGARESES, YA QUE PIENSO DEDICARME AL NEGOCIO DE PRESTAMO Y QUIERO COMPRARARLO CON LOS QUE CONOZCO Y HACER CORRECCIONES, MUCHAS GRACIAS ANTICIPADAS, PUEDE ENVIARME LOS FORMATOS A estebanxp2002@yahoo.com
ResponderEliminarTres respuestas en una:
ResponderEliminar1.- Los pagarés son ejecutables al vencimiento acordado entre deudor y acreedor.
2.- Los requisitos y solemnidades de un pagaré notarial quedan implícitos en las características descritos en esta entrada. La redacté en un lenguaje menos técnico para que pueda entenderlo la mayor cantidad de público posible. También, no se aconseja ejecutar un pagaré sobre los bienes de un deudor si estos son insuficientes. La solvencia del deudor debe verificarse antes de hacer negocio. Pero en caso de ser necesario, puede levantarse un acta de carencia haciendo constar que lo ejecutado no cubre lo adeudado; lo digo en teoría, porque la ejecución sobre bienes insuficientes no lo aconsejo en la práctica.
3.- Los pagarés a la orden se obtienen con tan solo pedir un paquete de "debo y pagaré" en una papalería; el pagaré notarial lo redacta el notario o un abogado que luego lo lleva al notario. Si tengo un formato sin datos en la pc puedo suministrarselo.
Tomé un curso en un instituto de capacitacion al que renuncie porque no podia seguir pagando, entregando una carta formal de renuncia expicando el Porqué.Ahora mee están cobrando un "documento" al que llaman "pagaré", pero este documento no dice que es uno, solo dice "Convenio de matricula preferencial...(nombre de la institucion)" Por este motivo, he recibido un aviso de embargo...Es posible que este documento sea un pagaré? Me pueden embargar por este motivo?? No tengo los medios para seguir pagando el curso (por eso lo abandoné) asi que menos para pagar la deuda total. Que puedo hacer para que me perdonen la deuda??? Solicito consejos...
ResponderEliminar¿es diferente la elaboración y ejecución de un pagare(simple o notarial) en materia comercial? ¿el código de comercio marca algo distinto al procedimiento civil?
ResponderEliminarEs legal que con un pagare notarial, que firmo mi esposo, el cual no tiene termino, es decir, no tiene fecha de vencimiento, el acreedor embargue mi vehiculo?
ResponderEliminarPUEDE UNA PERSONA FISICA HACER UN PRESTAMO MEDIANTE UN PAGARE NOTARIAL?
ResponderEliminarTres respuestas en una:
ResponderEliminar1.- Buena observación Oflo. En el pagaré notarial no veo diferencia, puede haber alguna en la persecución de una factura comercial en los plazos, pero habría que dedicar una entrada para mayores detalles. Envíame un email y recuérdamelo si se me olvida, por favor.
2.- Si un pagaré que lo firmó su esposo y para colmo no tiene vencimiento se lo ejecutaron, busque un abogado con un mínimo de experiencia que sin mayores dificultades debería poder resolverle esa situación. Ahora bien, está mal aprovecharse de un error para no cumplir obligaciones y como en la vida no podemos pretender que nos la sabemos todas, por lo menos su marido que llegue a un acuerdo con el acreedor y pague la obligación, pues de todas formas él en el documento ha reconocido la deuda.
3.- Una persona física puede hacer préstamos con todos los instrumentos y las garantías que la ley dispone. Incluso, la ley que condenaba la usura fue derogada en el año 2003.
RODNEY, UN PAGARÉ SIMPLE DEBE ESTAR FIRMADO POR UN ABOGADO PARA PODER EJECUTARSE ANTE LA JUSTICIA?.
ResponderEliminarSi la venta o la subasta de un inmueble que se ha dado como garantía en un pagaré notorial, aunque vale mucho más, no recupera toda la deuda suscrita en el pagaré, se puede embargar las cuentas de deudor?
ResponderEliminarhicimos un pagare con un amigo en el cual yo le debo + de 4 millones de pesos lo firmamos en el registro civil, en 2 cuotas, yo no he podido pagarle y no tengo bienes solo un pequeño local que trabajo, ademas sospechjo que el documento esta mal redactado de poartida no dice "debo", ¿que hago?
ResponderEliminarque puedoaser si me e3stan cobrando un pagare de 3o mil pesos con un interes de10% pero la fecha de vencimieto fue en dicimbre del 2009 pero yo le estado abonando pero haorita el lic. me quiere enbargar que puedo aser
ResponderEliminarhola he prestado un dinero mediante un pagare notarial, pero la persona tiene 3 meses sin pagar y quisiera saber si para ejecutar es necesario esperar que se vensa el plazo acordado_ y por otra parte es necesario tener la copia de la cedula de esa persona para la ejecucion del pagare....
ResponderEliminarSaludos, le preste a una persona hace dos años RD$80,000.00, a un 5%, esta persona no me ha pagado, solo tengo un papel que dice que le preste esta cantidad y a este por ciento, el cual notarize, no tiene fecha de vencimiento, no lo he registrado y solo esta la firma y el nombre del deudor.....puedo perseguir y recuperar mi dinero indexado a este porciento a la fecha.
ResponderEliminarfirme un pagare en un preuniversitario pero las clases todavia no empiezan y quiero retirame, pero el pagare no fue firmado ante notario. ¿que puedo hacer pare que no me cobren todo el semestre sino voy a a asistir a ninguna clase? contestar a r.placencia17@gmail.com por favor.
ResponderEliminar1.- Los pagarés deben estar firmados por un notario que le dé fé pública al documento.
ResponderEliminar2.- Si un inmueble fue ejecutado y su valor da para cubrir la deuda, no se justifica perseguir el resto de los bienes del deudor.
3.- No puedo dar asesoría sobre documentos que escapan a mi alcance porque nunca se sabe lo que de verdad contienen.
4.- Los pagarés deben cumplir sus requisitos para poder ser ejecutados.
5.- Placencia, converse con la universidad porque por la vía legal usted no puede hacer nada. Lo que firmamos como adultos es válido a menos que lo hagamos por la violencia, el dolo o indocidos por error sustancial; o que al momento de firmar nos encontremos en un estado de incapacidad mental comprobada.
hola un pariente me pide prestados $30,000.00
ResponderEliminarpesos..a pagar a un ano, dice que me firma un pagare personal, es esto correcto o debo hacerlo de otra forma? agradezco sus comentarios.
un amigo me presto un dinero en el 2005 mediante un pagare notarial, ese dinero lo page pero cometi el error de no pedirle el pagare original, ahora en el 2010 el me lo esta ejecutando por la via legal, la pregunta es si dicho pagare tiene aun fuerza ejecutoria si carece de fecha de vencimiento, o en caso de que la tenga halla sido a 12 meses?
ResponderEliminarcual es el plazo para registrar el pagare notarial, y cuando vences ese plazo, es decir, tiene que haber un tiempo entre la firma del pagare notaral y el registro del mismo, cual seria ese plazo
ResponderEliminar1.-Si un pagaré no tiene fecha de vencimiento, entonces no es ejecutorio.
ResponderEliminar2.- No existe un plazo para el registro de un pagaré, pero no se puede ejecutar sin haberlo registrado primero; además, en la fecha en la que no ha sido registrado no es oponible a terceros.
hace dos años tome un dinero prestado y firme una hoja en blanco 8 1/2 x14 el monto del prestamo era de 30.000 pesos a un interes de 10% mensual, dure un año sin trabajar algo que mi acreedor tien conocimiento ya que es mi vecino pero ahora estoy trabajando y quiero pagarle,trate de hacer un acuerdo de un pago mensual de acuerdo a mis ingresos pero la persona no acepto,luego mi suegro en conocimiento del caso me presto para que le ofreciera a la persona un monto de 47.000 pesos para cerrar la deuda estos equivalentes al capital y un 25% del interes acumulado pero la persona tampoco quiere ,me ha enviado una intimacion de pago y amenaza con embargar mis bienes que puedo hacer como deudor en este caso ya que no tengo mas recursos pero tengo todo el interes de pagar. que hago?
ResponderEliminarhola mi inquietud es la sgt. tome un dinero prestado y firme un pagare ejecutivo,me atrase un poco pero ahora me han enviado una intimacion de pago pero no tiene copia del documento que firme ,no tengo yo derecho a tener una de estas copias?
ResponderEliminarHOLA PROBLEMA ES QUE FIRME UN PAGARE Y NO LO HE PODIDO PAGAR CUALES SON LAS COSECUENSIAS FUE UN PAGARE SIMPLE
ResponderEliminarYO VENDIA ARTICULOS DE UNA TIENDA A TRAVEZ DE VALES Y LE PAGABA A LA ENCARGADA DE CREDITO LE PAGABA Y ELLA ME DABA VALES SIMPLES LOS DE COLOR VERDE PORQUE ME DECIA QUE TENIA MUCHO TRABAJO Y ESTABA ELEBORANDO UNOS REPORTES PARA SU JEFE Y A MI NO ME PREOCUPABA YA QUE ME DABA VALES HASTA QUE LE HICIERON AUDOTORIA Y SALIO UN FALTANTE Y ELLA ME HABLO Y ME CITO EN UNA CAFETERIA Y ME DIJO QUE HIBAMOS A SER Y YO LE DIJE QUE YO NO LE DEBIA ESA CANTIDAD ELLA ME HECHO LA CULPA Y ME SENTI ACORRALADA Y FIRME YA QUE NO SABIA QUE HACER A ELLA LA LIQUIDARON Y YA NO ESTA QUE HAGO LA VERDAD NO SE QUE HACER TRABAJO Y GANO MUY POCO YA QUE TENGO 52 AÑOS ME DIJO UN AMIGO DE USTED POR ESO LE PIDO CONSEJO MUCHAS GRACIAS
ResponderEliminaruna pregunta los pagares notarial el autentico tiene fecha de prescripcion para su ejecucion
ResponderEliminarSi mi notario que hizo un pagare, se fuera del pais,puede otro notario hacer la compulsa notarial?
ResponderEliminarSI EN UN PAGARE NOTARIAL, EL ACREEDOR NUNCA LLEVO EL ACTO DONDE EL NOTARIO, NO LO SELLO NI RUBRICO LA FIRMA DEL MISMO, AL CABO DE DOS AÑOS, ESE NOTARIO DESCONOCE EL ACTO, CLARO NUNCA PASO POR SU OFICINA, QUE GARANTIA TIENE EL ACREEDOR SOBRE EL DEUDOR, SI ESTE NO A HONRRADO EL PAGO HACE DOS AÑOS...GRACIAS RODNEY
ResponderEliminarBUENAS TARDES lIC. RODNEY.
ResponderEliminarSoy un abogado recién graduado. POR FAVOR, CUAL ES EL procedimiento para la ejecución sobre un inmueble de un pagaré notarial auténtico y que ha sido registrado y que ha llegado a su término. Fvor de indicarme los pasos a seguir desde la intimación de pago, hasta la adjudicación del inmueble por ante la oficina del Registrador de Títulos.
Muchas gracias Licenciado.
EL RECIEN GRADUADO
Rodney cuando ud. dice que un pagaré debe tener fecha de vcto. para que sea ejecutorio se refiere a una fecha final o los plazos que especifica el propio pagaré,. Ej. " una primera cuota tal dia, otra cuota a los 30 dias, etc... " ?¿?¿?¿
ResponderEliminarEl pagare Notarial, es un acto proveniente de un oficial publico que da fe, en la fecha y en el lugar donde ejerce su ministerio, el registro de este tipo de documento es puramente fiscal.
ResponderEliminarHola quisiera que me ayudaras
ResponderEliminarYo preste desde hace 4 años la cantidad de $1000000.00 me firmaron un pagaré normal, es valido lo que hice ??
por esa cantidad se puede firmar un pagare comun y corriente , o tengo que firmar 10 pagaras de 100000.00 cada uno
hola, tiene el pagare notarial ya vencido, fuerza para que el acreedor me obligue a pagar intereses de cinco años, que estan fuera de la fecha de vencimiento del pagare notarial? en pocas palabras, despues de vencido el pagare hasta donde el acreedor tiene derecho a cobrar intereses.
ResponderEliminar-Quisiera saber si el pagare simple al igual que el notarial debe de registrarse en el el registro civil o si es solo el notariar que se registra
ResponderEliminarQuisiera ademas saber si con la simple presentacion del pagare notarial puedo proceder al embargo o si tengo que haceer una accion previa
-Que es poner en mora
PODRIA UD. SER TAN AMABLE DE INFORMARME, CUAL ES LA LEGISLACION DE NUESTRO PAIS EN MATERIA DE PRESTAMOS Y COBROS?
ResponderEliminarcomo saber si un pagare notarial esta registrado
ResponderEliminarUna persona me presto un dinero yo confie en el y me puso a firmar un pagare notarial sin saberlo y por una cantidad que no fue la que me presto el pagare notarial aun no sea vencido como puedo defenderme en ese caso.
ResponderEliminaren el 2007, solicité un préstamo con un agiotista al 7% al solo me dió un recibo por 7,000 de intereses, después le abone 20 mil pero ya no me quiso firmar, ya estando muy grave fue con su hijo para que el supiera cuanto le debía pero como el hijo iba en estado de ebriedad me hizo firmar un pagaré por 48,000, él dijo que era por los $30,000.00 que le debía a su papá más 3 meses de intereses por adelantado, solo tengo un recibo de $7,000.00 firmado por el papá y un depósito al hijo por 20,000.00 ahora me quiere embargar la casa y me amenaza de muerte soy una mujer sola que no se que hacer
ResponderEliminaryo doy prestamos y quiero saber si yo le presto a una persona con un pagare autentico si yo tengo k estar registrado en impuesto interno como persona fisica
ResponderEliminarHola:
ResponderEliminarUn banco me aprobo un prestamo y me ha puesto a firmar dos pagare notarial... Esta practica es valida? Pues nunca he firmado mas de un pagare por prestamo, alegan que uno se queda en boveda del banco, ambos con el mismo numero supuestamente mitigando el riesgo de que el notario fallezca...requiero de su orientacion. Gracias
HOLA, YO QUIERO DEDICARME A LOS PRESTAMOS. CUAL ES LA MEJOR FORMA DE YO GARANTIZAR MI DINERO, DE QUE CANTIDAD EN ADELANTE PROCEDE UN PAGARE NOTARIAL. COMO YO COMPRUEBO LA AUTENTICIDAD DE UN ABOGADO Y NOTARIO PUBLICO, OSEA QUE LA FIRMA DEL NOTARIO NO SEA FALSIFICADA Y PARA FINALIZAR CUAL ES EL VERDADERO FORMATO DEL PAGARE NOTARIAL, POR QUE CADA ABOGADO TIENE UNO DIFERENTE. GRACIAS Y DISCULPE
ResponderEliminarbuenas tardes,mi consulta es la siguiente,me acerque a una financiera para solicitar un prestamo,me pidio q abonara cierca cantidad de dinero para contratar a una aceguradora de la cual pasaron 3 pero ninguna cubrio el porcentaje q pretendia la financiera ddespues me piden un garante con titulo de propiedad,la documentacion estaba perfecta pero cuando mi garante se presenta a firmar los pagares de los 120 el ultimo no poseia la fecha mi garante se nego a firmar eso porq dice q no es legal.resulta q las aseguradoras eran contratadas por la misma financiera lo q quisiera saber es si se puede firmar 119 pagares con fecha pero el ultimo no esto es legal?
ResponderEliminarEn esos casos depende la confianza que se tenga en la instituciòn o persona acreedora. A veces a una persona se le entregan los pagarès y el deudor solo pone el bueno y vàlido en todos los pagarès para mas tarde completarlo en la oficina a màquina.
Eliminarhola!! ¿si una persona toma un prestamo en un banco poniendo un vehiculo de su propiedad en garantia y debido a la mora en el pago esto pasa a legal, y esta persona quiere entregar voluntariamente la prenda puesta en garantia, puede la institucion bancaria decirle que el vehiculo no cubre la deuda porque tambien se debe dinero de honorarios a los abogado, y que se debe hacer en este caso?
ResponderEliminarhola !!!
ResponderEliminarel año pasado fui a un preuniversitario en q pague dos mese por adelantado luengo a la semana no fui mas y dije q no iria mas se me dijo q no abria problema pero ahora me llego una carta de un abogado diciendo q si no regularizo mi deuda en 5 dias se empesara un proceso judicial y se me enbargara !!!! se me puede embarjar por una deuda del preuniversitario y otra cosa es un proceso rapido o va a tardar un tiempo desde la llegada de la carca al posible embargo !!!
ojala puedan aconsegarme gracias !!!!!
yo soy una estudiante de derecho y quiero saber que es un pagare autentico de alquiler de casa soy de la republica dominicana
ResponderEliminarEse documento no existe. Quizà quiso decir contrato de alquiler de casa.
Eliminarsi le presto una cantidad de dinero a alguien pero en su momento por confianza no firmamos ningun contrato y el sr. me deja de pagar puedo solicitarle que me firme un pagare notarial y este tendria validez
ResponderEliminarPor su puesto. Lo difícil es que la persona quiera firmar el pagaré a estas alturas. Pero si accede, el pagaré tendría validez.
ResponderEliminarhola yo firme un pagare normal de los q venden en las papelerias pero no e podido pagarlo y la persona ala q se lo firme no me quiere esperar para pagarle y ya vencio q procederia
ResponderEliminarEl tendrìa que buscar la sentencia de un tribunal para ejecutarlo.
Eliminarhola, soy nueva trabajando en una financiera y realmente desconozco un poco el funcionamiento de este sector, podría darme una breve introducción legal de como se manejan las financieras..
ResponderEliminarRODNEY KIERO SABER SIUNA PERSONA ME PUEDE EMBARGAR O DEMANDARME SIN YO TENER NINGUN COTRACTO FIRMADO CON ESA PERSONA......
ResponderEliminarEn este enlace està la respuesta de su pregunta: http://leyesdominicanas.blogspot.com/2011/09/como-cobrar-un-pagare-la-orden-o-simple.html
ResponderEliminarrodney lo felicito usted es un profesional que merece mi respeto y admiracion gracias
ResponderEliminarRodney, si se hace un pagare autentico cuya garantia es un inmueble no registradode la ciudad de Santiago, el notario no es de Santiago sino de la vega, este lo registra en un Municipio de la vega pero no pago los impuestos de Ley correspondiente. se inicia la persecucion del embargo inmobiliario con la primera compulsa del registro original, luego se origina un nuevo registro en la ciudad donde existe el inmueble, o sea, una segunda compulsa. Cuales serian los posibles incidentes con relacion a la primera y segunda compulsa. Gracias anticipadas!
ResponderEliminarLa pregunta es un poco confusa. Pero si està notarizado por un notario de una jurisdicciòn que no corresponde procede la nulidad del acto.
EliminarRodney ayudas mucho con tus conocimientos. Gracias!!
ResponderEliminarMi tío que tiene 80 años chocó con un carro de uniformados y presionado por ellos firmó un pagare notarial comprometiéndose a pagar al mecánico una cantidad de dinero en un plazo imposible de cumplir para él. Mi padre ya está endeudado y no tiene bienes muebles ni inmuebles a su nombre. ¿Qué podría pasarle si no paga en el plazo comprometido, pero paga unos meses después (cuando coseche, ya que es agricultor)?
ResponderEliminarMi abuelo de 80 años chocó un carro de uniformados y presionado por ellos firmó un pagaré notarial comprometiéndose a pagar, en un plazo imposible para él, la reparación del carro al mecánico. Mi abuelo no tiene muebles ni inmuebles a su nombre. Que le puede pasar si paga pero con dos o tres meses de retraso cuando le paguen una cosecha (mi abuelo es agricultor)
ResponderEliminarSi no hay nada que embargarle, no le puede pasar la "gran cosa".
ResponderEliminarHola Rodney, cuanto cuesta este tramite de pagare en las notaria? y cuantos pagare se pueden generar? por ejemplo pueden ser 48.
ResponderEliminarBuenas Tardes, quisiera saber si me pueden dar algun link o pagina donde buscar los actos que ponen en mora a un deudor, es decir lo que le debe mandar el acreeor para empezar e proceso de ejecucion de pagos en cobros de pesos.. graciass
ResponderEliminarLamentablemente no tengo. De eso se encargan las oficinas jurìdicas. Una librerìa jurìdica puede tener libros con modelos de los actos para cobro de pesos.
EliminarROdney,lo felicito por su accesoria legal.
ResponderEliminarRODNEY ME MANDARON UNA INTIMACION DE PAGO DE CLARO DE UNA DEUDA DE UN CEL QUE SAQUE HACES AñOS,PUEDEN ELLOS METERME PRESO O QUE PUEDEN HACERME EN M CONTRA.FIRME UN CONTRATO POR 16 MESES EL CUAL NO CUMPLI.
ResponderEliminarUna consulta: Una vez obtenida la compulsa notarial, existe un plazo de vigencia de la misma para poder ejecutar el Pagaré?
ResponderEliminarbuenos dias una pregunta
ResponderEliminarhace 3 años conoci a una persona que me presto dinero en mi ignorancia le firme tres pagares en blanco pero como era buena la amistad notenia problema , hace un tiempo tuve unos problemas con el pero realmente yo ya le liquide la deuda pero el me dice que la deuda no se la eh liquidado que puedo hacer de hecho ya me cambie de ciudad pero si quiero solucionar ese problema que puedo hacer
hola buenos dias en mi trabajo tube un faltante y me hicieron que llenara y firmara un pagare y si lo firme pero puse otra firma diferente a la de mi credencial de elector mi pregunta es. lo pueden hacer valido ?
ResponderEliminarhola quisiera saber omo actuar si firme un contrat por la realizacion de un evento a realizars en un mes y medio y no pagamos nada todavia y nos surgio al dia sgte de la realizacion un tema de salud la cual nos impide hacer otros gastos y decidi cancelar la fiesta y el sr no quiere cancelar y nos pide el 40%por indemnizacion de lo establecido en el contarto y firme un pagare. gracias sinceramente no se q hacer quisiera una orientacion.
ResponderEliminarSeñor, acabo de firmar un pagaré haciendome responsable de la deuda. El acreedor igual puede iniciar las ácciones judiciales?
ResponderEliminar2.-Este pagaré notarial puede ser pagado de la forma que uno pueda? ya que no se encuentra estipulado en el pagaré
No hay càrcel por deudas. Lo mas que sucede con las deudas telefònicas es que te dañen el crèdito. Otro tipo de acciòn de parte de ellos requerirìa de una sentencia de un tribunal.
ResponderEliminarRodney Buenas Tarde!!! tengo un negocio de prestamo pequeño, que pasa yo le preste a una persona 20,000 pesos y solamente me firmo 13 pagare de bueno y valido y 2 hojas de acto de venta en blanco, el no me quiere pagar, como yo podria proceder en ese caso antes la justicia que me aconsejas que haga?
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarEsos pagarès se cobran en los tribunales. En el caso suyo, procede someter el caso en el juzgado de paz del domicilio del deudor. Debe representarlo un abogado. Los pagarès hay que registrarlos en el ayuntamiento. Algo importante de saber es que puede hacer un embargo retentivo si conoce dònde tiene cuentas bancarias el deudor y tambièn un embargo conservatorio para luego validarlo y convertirlo en ejecutivo.
ResponderEliminarBUENAS TARDES, TENGO UNA DUDA COMPRE UN CURSO DE INGLES DEL CUAL ME HE ATRASADO EN DOS PAGOS AHORA ME ESTTAN COBRANDO EL TOTAL DEL CURSO O SI NO AMENAZAN CON DEMANDARME Y HACER EFECTIVO UN PAGARE QUE ERA POR 7 MIL PESOS Y DICEN Q LO TRIPLICARAN ES ESTO POSIBLE, QUE ALCANCES TIENE ESTO YO NO HE PAGADO PORQ TUVE MUCHAS COMPLICACIONES DE SALUD GRACIAS POR SU RESPUESTA DE ANTEMANO
ResponderEliminarbuenas tardes tengo una duda, yo compre hace algunos meses un curso de ingles pero por complicaciones no he podido hacer dos pagos ellos ya empezaron a amenazarme diciendo que quieren el total del adeudo o me embargaran mis bienes, el adeudo es por 7 mil pesos y dicen que el pagare q les firme desde q firme el contrato pueden triplicar la cantidad, quiero saber si esto es posible, yo voy a realizar un pago en estos dias
ResponderEliminarLa verdad, a falta de ver el documento no es posible decirle el alcance legal de lo que se firmò. No habìa escuchado antes que una instituciòn educativa usara esa vìa de cobro de sus servicios. De eso me imagino que puede orientarle mejor la oficina de protecciòn de los derechos del consumidor.
ResponderEliminarHola Rodney,
ResponderEliminar¿Hay alguna manera de redactar un contrato de alquiler para que tenga carácter de título ejecutivo?
Gracias.
Hola Rodney,
ResponderEliminar¿Hay alguna manera de redactar un contrato de alquiler de inmueble para que tenga carácter de título ejecutivo?
Gracias,
Susto.
Soy constructor y necesito un modelo de CONTRATO PARA REMODELACION DE UNA OFICINA, asi como para la construccion en general. mi correo es wiltongarcia1@gmail.com
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