sábado, 2 de mayo de 2009

UN EJEMPLO VIVIENTE DE COMO SE INTERPRETAN LAS LEYES LABORALES EN R.D.

Siguiendo el orden del derecho laboral, hay algo que quiero contarles. En dias recientes un colega y amigo fue apoderado de un caso en el cual se presentaba la particularidad de que el empleado habia firmado un contrato de no mas de tres meses, pero que en el fondo era por tiempo indefinido. Dicho contrato fue redactado asi por el empleador para evitar su responsabilidad en caso de despedir al empleado, o sea, para no pagarle sus prestaciones ¿saben porque se que el contrato era por tiempo indefinido? Porque el contrato lo hacian cada tres meses. Me explico. Si un contrato es redactado para un servicio laboral de no mas de tres meses, y al final del periodo el mismo contrato se renueva, el tribuna laboral no contempla la letra del contrato, sino que observa la verdadera relacion laboral que existia. En este caso, al renovarse cumplidos los tres meses el contrato escrito, evidentemente existia una relacion laboral de mas tiempo aunque el contrato diga lo contrario. Las leyes laborales permiten a los jueces libertad en sus apreciaciones de la prueba, por lo que la escrita no tiene porque prevalecer, por ejemplo, sobre la testimonial si asi el tribunal de trabajo lo entiende. Y debo añadir que, en caso de ambiguedad o un punto oscuro en el contrato laboral, se debe interpretar de la forma que mas proteja los derechos del trabajador. En un caso como el que describo, que dicho sea de paso es muy comun, el empleador tendra que pagar las prestaciones laborales de todo el tiempo trabajado por el empleado no importa lo que diga el contrato escrito.

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